Congreso del Estado de México despenaliza el aborto hasta las 12 semanas de gestación

El Congreso del Estado de México despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación, convirtiéndose en la entidad 18 en hacerlo.

El Congreso del Estado de México ha realizado un significativo avance al despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, a través de una reforma al Código Penal estatal que refuerza la protección de los derechos sexuales y reproductivos. Esta iniciativa ha sido objeto de debate, siendo la bancada del PAN la única en votar en contra. Con esta medida, el Estado de México se posiciona como la entidad número 18 en eliminar la criminalización a quienes deciden interrumpir su embarazo.

Impacto de la Despenalización

La reciente decisión del Estado de México, junto a la reciente acción de Chiapas de eliminar el “derecho a la vida desde la concepción” de su constitución, marca un cambio significativo en la perspectiva legal sobre el aborto en la región Se establece un nuevo marco legal que busca proteger los derechos reproductivos de las mujeres, otorgando mayor autonomía sobre sus cuerpos y decisiones. Sin embargo, aunque Chiapas avanzó en la modificación constitucional, la actualización de su Código Penal aún está pendiente.

Nuevo Marco Legal

Según el nuevo proyecto, se tipificará como delito el aborto después del plazo de tres meses de gestación, con penas que oscilan entre seis meses y un año de prisión. Se establece una pena más severa de cinco a diez años de cárcel y multas de 50 a 400 días para quienes realicen la intervención sin el consentimiento de la persona gestante, sin distinción de la etapa del embarazo. Además, si la intervención se realiza con violencia física, psicológica, obstétrica o negligencia en los cuidados ginecobstétricos, la pena aumentará en un 50%.

Responsabilidad del Personal Médico

El nuevo marco legal también establece sanciones para el personal médico, de enfermería o partería que realice el procedimiento después del tiempo estipulado, con suspensiones en el ejercicio de su profesión que van de tres a seis años, y hasta 20 años en caso de reincidencia. No obstante, se aclara que incluso después de las 12 semanas, el aborto no será considerado un delito en ciertas circunstancias.

Excepciones a la Criminalización

Entre las excepciones se incluyen los casos de aborto resultante de una acción culposa, por embarazos derivados de violación, la implantación no consentida de óvulo fecundado o inseminación artificial, y aquellos casos en los que la vida de la persona gestante esté en peligro, así como situaciones de salud física o mental severamente afectadas, a juicio médico. Además, se contemplan situaciones relacionadas con alteraciones genéticas o congénitas del producto que deriven en trastornos graves, así como aquellos casos donde se demuestre que la persona embarazada fue coercionada para evitar el aborto dentro del plazo de las doce semanas. También se incluye la consideración de trastornos ginecológicos que hayan impedido el conocimiento del embarazo dentro del tiempo estipulado.

Responsabilidad del Personal de Salud

El personal médico y de salud tendrá la responsabilidad de proporcionar a la mujer embarazada o persona gestante información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos del aborto, así como de los apoyos y alternativas existentes. Esto implica un compromiso ético y profesional para garantizar que las personas gestantes tomen decisiones informadas respecto a su salud y autonomía reproductiva.

Despenalización en Otras Entidades

La despenalización del aborto hasta las 12 semanas no solo se limita al Estado de México. Otras entidades, como la Ciudad de México (pionera en aprobar esta medida en 2007), Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California, Colima, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Puebla, Jalisco y Zacatecas, también han adoptado esta postura legal. Es importante destacar que en Sinaloa, el margen se extiende hasta las 13 semanas.

Pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia

Desde 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de castigar penalmente el ejercicio del derecho a decidir, enfatizando que la protección del producto de la gestación aumenta con el tiempo, pero sin desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. En este sentido, la corte estableció que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional, sentando un precedente importante en la materia de derechos reproductivos en México.

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