La Cámara de Diputados aprueba reforma para reconocer el derecho al cuidado en la Ley General de Desarrollo Social

Reconocimiento del derecho al cuidado en la Ley General de Desarrollo Social promueve la igualdad y movilidad social.

En reciente dictamen de la Cámara de Diputados se reconoce en la Ley General de Desarrollo Social (LGDS) el derecho al cuidado en condiciones de dignidad, calidad e igualdad, junto con otros derechos sociales, como la salud, la educación, la seguridad social, entre otros. Esta reforma establece contar con una Política Nacional de Cuidados como parte integral de la Política Nacional de Desarrollo Social, promoviendo la responsabilidad compartida entre las familias, el sector privado, la sociedad civil y el Estado. Además, se prevé la evaluación de dicha política bajo criterios específicos.

Importancia de la estadística en el proceso de las políticas públicas

La reforma incluye explícitamente al INEGI entre los organismos que integran la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social, lo cual resalta la importancia de la estadística y la contribución del conocimiento en el proceso de las políticas públicas.

Enfoque basado en derechos humanos e igualdad de oportunidades

Esta reforma se enmarca en un enfoque basado en derechos humanos e igualdad de oportunidades para la movilidad social, lo que aumenta la probabilidad de que las declaraciones políticas se conviertan en una realidad.

Equidad de género y necesidades prioritarias de cuidado

Es necesario que la agenda del cuidado se desarrolle con una plena representación de las mujeres y poblaciones con necesidades prioritarias de cuidado en las discusiones, diseño, monitoreo y evaluación del Sistema y de la Política.

El Sistema de Cuidados como un conjunto articulado y multipropósito de políticas

Desde el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY) se entiende al Sistema de Cuidados como un conjunto articulado y multipropósito de políticas, programas y acciones para el ejercicio del derecho al cuidado (dar, recibir y autocuidarse). Se destaca que estos sistemas contribuyen simultáneamente a la movilidad social de quienes requieren y de quienes proveen cuidados, resaltando que las mujeres, niñas y adolescentes son las principales proveedoras de cuidados, pero también sujetas de los mismos.

Importancia de los servicios de cuidados y protección social

De acuerdo con investigaciones desarrolladas desde el CEEY, se ha demostrado que la probabilidad de que las mujeres que nacieron en la parte más baja de la escalera social superen la condición de pobreza se duplica cuando cuentan con servicios de cuidados y protección social.

Diálogo y liderazgo en el proceso de reforma

El camino recorrido para llegar a esta reforma ha incluido el diálogo entre legisladoras, sociedad civil y organizaciones feministas. Se reconoce el liderazgo de las colectivas y organizaciones de la sociedad civil en la construcción de un Sistema de Cuidados.

Actores públicos y su papel en el proceso de reforma

Se destaca que, a pesar de los avances, ciertos actores públicos no han estado a la altura en este proceso, como la Cámara de Senadores que debe la discusión de la reforma constitucional a los artículos 4 y 73, además de convocar a un parlamento abierto. También se señala el papel del gobierno federal y el gobierno de la Ciudad de México en relación con la agenda de cuidados.

Transformación del discurso en un Sistema de Cuidados

Se hace hincapié en la importancia de transformar el discurso en un verdadero Sistema de Cuidados, para lo cual se requiere que las distintas candidaturas se tomen el tiempo de entender a detalle el problema y sus implicaciones. Además, se espera que se identifiquen los beneficios que acarrea una política de cuidados, logrando que vayan más allá de crear un programa social etiquetado con el nombre de cuidados.

Contribución del CEEY a la discusión pública

Con el fin de abonar a la discusión pública en el contexto de la campaña electoral, el CEEY presentará próximamente una nota de política pública relacionada con el tema del cuidado.

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