¿Qué pasa si un candidato a la presidencia decide declinar? Te lo explicamos

¿Un candidato puede declinar a favor de otro? La legislación electoral mexicana permite la renuncia.

En el contexto político actual, surge la incertidumbre sobre la posibilidad de que un candidato a la presidencia decida renunciar a su candidatura justo antes de los comicios. Esta situación ha generado controversia en torno a las implicaciones legales y electorales que conlleva.

La disputa entre partidos

Recientemente, el PRI y Movimiento Ciudadano han protagonizado conflictos en relación con el candidato Jorge Álvarez Máynez, instando a que este abandone la contienda presidencial para que la competencia se cente en Sheinbaum y Gálvez. Dichas tensiones han suscitado debates acerca de las posibles consecuencias de una declinación en una contienda electoral.

Proceso de declinación de candidatos

En primer lugar, es crucial comprender el significado de la declinación en el ámbito electoral. Este término se refiere a la situación en la que un candidato decide retirarse de la contienda y unirse a la campaña de otro contendiente, ya sea por motivos estratégicos o de convicción. No obstante, surge la interrogante acerca de si este movimiento puede formalizarse ante el Instituto Nacional Electoral (INE) o si existen requisitos específicos para llevarlo a cabo.

La legislación electoral de México no contempla explícitamente la figura de la declinación, pero sí establece normativas en torno a la renuncia de candidatos. Según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, un partido o coalición puede sustituir a su candidato de manera libre durante el plazo de registro. Sin embargo, una vez vencido este plazo, solo podrá realizar una sustitución en casos de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia.

En caso de renuncia dentro de los 30 días previos a la elección, la normativa no permite la sustitución del candidato. El INE notificará al partido correspondiente sobre la renuncia del candidato, y este tendrá la opción de sustituirlo si aún es factible dentro del plazo establecido.

Consecuencias de la renuncia de candidatos

Una de las cuestiones fundamentales es el impacto de la renuncia de un candidato en las boletas electorales y los votos. De acuerdo con el artículo 267 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, si un candidato renuncia y las boletas ya han sido impresas, no se realizarán modificaciones en estas. Sin embargo, los votos emitidos a favor del candidato renunciante se considerarán válidos para los partidos políticos y candidatos legítimamente registrados ante los consejos electorales correspondientes. Es decir, los votos no se perderían, aunque el candidato haya renunciado.

Esta disposición busca asegurar que los votos emitidos sean contabilizados, incluso si el candidato renunciante no cuenta con un reemplazo inmediato. Esta medida garantiza que los partidos políticos no pierdan votos necesarios para mantener su registro.

Ejemplo reciente: Margarita Zavala

Un caso relevante que ejemplifica esta situación ocurrió en las elecciones presidenciales pasadas, cuando la candidata Margarita Zavala, que participaba como independiente, renunció a su candidatura después de que las boletas electorales ya estuvieran impresas. Ante esta eventualidad, el Consejo General del INE determinó que los votos marcados para Zavala serían considerados como votos para una candidatura no registrada, dado que al ser independiente no contaba con el respaldo de un partido político.

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