¿Habrá clases el Día del Trabajo para estudiantes y docentes en México?

El Día del Trabajo en México se conmemora el 1° de mayo para honrar los derechos laborales y la fuerza trabajadora.

El próximo 1° de mayo se celebra el Día del Trabajo en México, un día feriado oficial que busca reconocer la fuerza laboral y la defensa de los derechos fundamentales de los trabajadores, así como honrar las contribuciones de la clase trabajadora.

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el Día del Trabajo es marcado como descanso obligatorio, con el derecho a descanso pagado para las trabajadoras y trabajadores en México.

Descanso para alumnado y docentes

Según el Calendario Escolar 2023-2024 de Educación Básica implementado en escuelas públicas y privadas incorporadas al Sistema Educativo Nacional de México, el Día Internacional del Trabajo está marcado como descanso obligatorio para el alumnado y docentes de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

El miércoles 1 de mayo será el único día de descanso que tendrán los alumnos y docentes, ya que el 30 de abril, Día del Niño, está ligado con el viernes 26 de abril, fecha en la que se llevará a cabo el Comité Técnico Escolar (CTE) de docentes, por lo que no habrá suspensión de clases.

El origen del Día del Trabajo

La celebración del Día del Trabajo tiene su origen en la represión de una manifestación obrera en Chicago, Estados Unidos, ocurrida el 1° de mayo de 1886. Esta fecha se refrendó como un día internacional para la defensa de los derechos laborales, logrando demandas como jornadas laborales de ocho horas, indemnización por accidentes laborales, la desaparición del trabajo infantil, reglamentación del trabajo femenino, condiciones seguras y dignas, así como el descanso dominical.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir una remuneración superior a su salario por trabajar en días feriados. El artículo 75 estipula que deben recibir un salario doble por el servicio prestado en días festivos, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio.

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