¿Hay multas por cerrar la calle frente a mi casa? Descubre lo que dice la Ley

¿La Ley de Movilidad y Seguridad Vial establece sanciones por cerrar la calle? Te contamos.

Es común encontrarse con la situación de que una carpa o fiesta obstruya la circulación al llegar a casa durante el fin de semana. Aunque puede resultar tentador cerrar la calle frente a tu casa, es importante conocer las implicaciones legales de esta acción. La ley establece normativas para mantener la vialidad y seguridad vial, por lo que es crucial entender las consecuencias de obstruir la calle sin permiso.

Regulaciones en México

En México, el cierre de vialidades no se limita a celebraciones o eventos, ya que también se relaciona con manifestaciones y protestas que restringen la circulación vehicular durante horas. Además, en ciertas zonas, los vecinos restringen el acceso a camiones o autobuses mediante barreras en la entrada de la calle, permitiendo únicamente el paso de vehículos más bajos. Esto plantea la interrogante: ¿existen multas por cerrar la calle frente a mi casa para una fiesta en México? La respuesta es afirmativa, ya que se imponen multas, amonestaciones y otras sanciones por cerrar la calle sin el respectivo permiso. Es crucial tener en cuenta que las regulaciones varían según el estado y municipio en el que se resida.

Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

El artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, aplicable en todo el país, destaca la responsabilidad de los municipios para mantener las vías libres de obstáculos que dificulten el tránsito peatonal y vehicular. Esta legislación establece que los municipios deben garantizar la movilidad, autorizando excepciones en situaciones específicas y respetando la jerarquía de la movilidad.

"Mantener, en el ámbito de sus atribuciones, las vías libres de obstáculos y elementos que impidan, dificulten, generen un riesgo u obstaculicen el tránsito peatonal y vehicular, excepto en aquellos casos debidamente autorizados y respetando la jerarquía de la movilidad" - Artículo 68 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Reglamentaciones en Distintas Ciudades

Las multas por obstruir la circulación varían según la ubicación. En la Ciudad de México, el cierre de vialidades con vehículos, plumas, rejas u otros objetos como carpas sin la debida autorización puede resultar en multas que oscilan entre 108 y 1,085 pesos, o incluso arresto de 6 a 12 horas, conforme al Reglamento de Tránsito de la CDMX.

Por otro lado, en Mérida, la realización de eventos callejeros o en espacios públicos sin permiso conlleva una amonestación, según lo establecido en el Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el Municipio de Mérida.

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