Salir del Buró de Crédito: mitos y realidades

Estar en Buró de Crédito no implica ser deudor. La información se elimina según monto y tiempo.

Al contrario de lo que comúnmente se piensa, figurar en el Buró de Crédito no implica ser catalogado como un deudor moroso. En realidad, esta institución se encarga de recopilar la información financiera de todas aquellas personas que hayan tenido algún tipo de crédito, ya sea hipotecario, automotriz, tarjeta de crédito o servicio de televisión de paga, independientemente de su historial de pago. A pesar de esto, existen muchos mitos en torno al Buró de Crédito, siendo uno de los más arraigados la creencia de que formar parte de él automáticamente te señala como deudor. Esto genera una serie de dudas en la población, tales como: ¿Cuánto tiempo permaneceré en el Buró de Crédito?, ¿Cómo puedo salir de él?, ¿Existe un monto específico que deba saldar?

Mitos y Realidades del Buró de Crédito

A pesar de la percepción negativa que rodea al Buró de Crédito, es fundamental aclarar que el simple hecho de estar registrado en esta institución no es un indicativo de mal comportamiento financiero.

Para comprender mejor esta situación, es esencial desmentir el mito de la "lista negra" del Buró de Crédito. Esta entidad no califica a los individuos según su desempeño crediticio, sino que se limita a proporcionar un historial detallado de los créditos que han sido otorgados. De esta manera, el Buró de Crédito opera como una herramienta para que las instituciones financieras evalúen el perfil crediticio de los solicitantes, permitiéndoles tomar decisiones informadas al otorgar préstamos o líneas de crédito.

Es importante destacar que, en el caso de enfrentar dificultades para cumplir con las obligaciones financieras, existen medidas que pueden tomarse para regularizar la situación. La Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, en conjunto con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), establece los criterios para la eliminación de la información negativa del Buró de Crédito. De acuerdo con dicha normativa, los plazos para la eliminación de deudas son los siguientes:

Deudas de hasta 25 Unidades de Inversión (UDIS) serán eliminadas después de transcurrir un año.

Aquellas situadas en el rango de 26 a 500 UDIS serán eliminadas después de dos años.

Las deudas comprendidas entre 501 y 1,000 UDIS serán eliminadas después de cuatro años.

En casos excepcionales, las deudas que superen los 1,000 UDIS pero no excedan los 400 mil, serán eliminadas después de transcurrir seis años, siempre y cuando no se encuentren en proceso judicial y no se haya cometido fraude en la obtención de los créditos. Es fundamental comprender el valor de las UDIS en el contexto de la eliminación de deudas. Las Unidades de Inversión (UDIS) constituyen instrumentos financieros diseñados para preservar el poder adquisitivo a lo largo del tiempo, ajustándose de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Esta indexación permite que el valor de las UDIS se incremente en función de los cambios en el costo de vida. Por consiguiente, los montos establecidos para la eliminación de deudas varían en relación con el valor de las UDIS, el cual, al 14 de julio de 2024, asciende a 8.15 pesos.

Proceso de Eliminación de Deudas en el Buró de Crédito

En caso de acumular deudas menores o iguales a 203.92 pesos, estas serán eliminadas después de un año.

Si el monto de las deudas se sitúa en el intervalo de 204.92 a 4,078.44 pesos, la eliminación tendrá lugar después de transcurrir dos años.

Deudas cuyo valor se encuentre entre 4,078.44 y 8,156.88 pesos serán eliminadas después de cuatro años.

Por último, aquellas deudas que no superen los 3,262,750.80 pesos serán eliminadas después de seis años, siempre y cuando cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente. Con el propósito de ofrecer un mayor grado de claridad a los consumidores financieros, es de interés proporcionar información detallada sobre la consulta y gestión de su historial crediticio. 

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