Aprobadas reformas para acceso a salud de buscadores de personas desaparecidas en Guanajuato

Personas buscadoras de Guanajuato, integrantes de colectivos de desaparecidos, tendrán acceso a mecanismos especiales de servicios de salud, gracias a reformas a la Ley para la Búsqueda de Personas aprobadas por el Congreso local. Se busca atender la salud física y mental de los familiares y personas involucradas en la búsqueda de desaparecidos.

A partir de este jueves 7 de marzo de 2024, las personas buscadoras de Guanajuato, pertenecientes a colectivos de desaparecidos, contarán con acceso a mecanismos especiales de servicios de salud. Esto se da luego de que el Pleno del Congreso local aprobó por unanimidad reformas a la Ley para la Búsqueda de Personas.

Atribuciones del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas

La reforma aprobada otorga atribuciones al Sistema Estatal de Búsqueda de Personas para atender y en su caso, ampliar los lineamientos que regulen la participación de los familiares en las acciones de búsqueda. Asimismo, busca promover la articulación interinstitucional para la atención y seguimiento preferente de la salud física y mental de los familiares, grupos independientes de búsqueda y todas las personas involucradas en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, independientemente de si los padecimientos se generaron a partir del hecho victimizante.

Integración de la Secretaría de Salud del Estado

La diputada local Susana Bermúdez explicó: "Consideramos fundamental integrar a la Secretaría de Salud del Estado al Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, para que las acciones de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de la salud física y mental de los familiares, grupos independientes de búsqueda o de toda persona involucrada en la búsqueda de personas desaparecidas se realicen con participación de la principal dependencia ejecutora de los acuerdos en esta materia."

Derechos reconocidos para los familiares

Las reformas también reconocen los derechos de los familiares para acceder a medidas de ayuda, asistencia y atención con enfoque diferencial y de género. Específicamente aquellas que faciliten su participación en acciones de búsqueda, incluidas medidas de apoyo psicosocial y participación en las estrategias de articulación interinstitucional para la atención y seguimiento preferente de la salud física y mental.

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